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¿ADIÓS A LAS LLAMADAS DE SPAM?

 Fuente de imagen: RPP Noticias

¿adiós a las llamadas de spam?

Reyna Gordillo, Estrella Milagros

¿Quién no ha recibido llamadas de números desconocidos más de una vez al día? Esta situación se ha vuelto muy común hoy en día. Estas comunicaciones, ya sean llamadas o mensajes SMS, suelen tener como objetivo ofrecernos un cambio de línea u otros productos, y el denominador común es que no hemos solicitado dicha información.

Estas llamadas conocidas como “llamadas spam” son una práctica habitual empleada por call centers o empresas de telemarketing para establecer un primer contacto con los posibles clientes. Sin embargo, suelen llegar a ser molestas o incluso invadir la esfera de nuestra privacidad al obtener los datos de forma contrarias a lo establecido por la norma[1].

No es de extrañar, entonces, que el Congreso de la República aprobó el pasado 6 de junio el Proyecto de Ley N° 2942/2022, 3131/2022 y 3541/2022 (el “Dictamen”), que modifica el literal e. del artículo 58.1 la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (el “Código”), con el objetivo de prohibir este tipo de comunicaciones.

Esta medida, que podría parecer arbitraria al restringir estas prácticas, cobra sentido al considerar el malestar generalizado de la ciudadanía, y considerando que hay dos autoridades competentes en el tema no se ha podido dar fin a esta situación.

El proyecto de Ley, que fue observado por el Ejecutivo en una segunda oportunidad, busca establecer la obligatoriedad de un consentimiento claro y expreso por parte del usuario para recibir estas comunicaciones, creando así una barrera para el primer contacto sin su consentimiento. El incumplimiento de esta disposición se consideraría una infracción grave, con multas que podría superar los dos millones de soles (entre 150 y 450 UIT), de acuerdo con el artículo 110 del Código.

Si se promulga la Ley, ¿le diremos finalmente adiós a las llamadas spam? Sin duda, cumplir con estas medidas representará un reto para los call centers, pero es posible. Y si no se promulga, dado el impacto de la norma, otra solución es que las empresas de este sector cumplan con la Ley de Protección de Datos Personales y adopten prácticas menos invasivas.

PÁGINAS DE CONSULTA

(1) Perú. Congreso de la República. Ley de Protección de Datos Personales. Ley N° 29733. Aprobado el 3 de julio del 2011. https://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/29733.pdf

(2) Reglamento de la Ley N° 29733. Decreto Supremo N° 003 -2013 – JUS. Aprobado el 22 de marzo del 2013. https://www.gob.pe/institucion/minjus/normas-legales/1941246-003-2013-jus

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