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PUBLICIDAD DE APUESTAS: UN RIESGO NO REGULADO PARA LOS CONSUMIDORES
Castellano Lau, Genshin Nell
Con los avances tecnológicos y el acceso masivo a diversas formas de entretenimiento deportivo, las casas de apuestas y plataformas digitales han experimentado una creciente popularización. Estas permiten a los usuarios interactuar con los eventos deportivos desde una perspectiva diferente, incentivando la participación en actividades de azar. Sin embargo, el desarrollo y expansión de estas plataformas conllevan riesgos significativos, no solo por su accesibilidad y la promesa de obtener “dinero fácil”, lo que puede derivar en problemas de ludopatía y adicción, sino principalmente porque su excesiva difusión publicitaria está contribuyendo a su normalización en la sociedad. En ese sentido, el presente análisis busca visibilizar el auge de las plataformas de apuestas deportivas y examinar en qué medida su publicidad en los medios de comunicación puede afectar los derechos de los consumidores.
Según un estudio, en 2023, el 37% de la población en Lima utilizó plataformas de apuestas virtuales y/o presenciales. Este rápido crecimiento plantea serios riesgos de adicción si no se desarrolla una cultura de prevención, la cual se ve obstaculizada por la constante exposición mediática de estos servicios. El Código de Protección y Defensa del Consumidor, en su artículo 1, reconoce el derecho de los consumidores a la protección frente a productos y servicios que representen un riesgo para su salud o su estabilidad económica. En esa línea, es responsabilidad del Estado establecer políticas claras que regulen la publicidad masiva de las plataformas de apuestas deportivas, considerando que su normalización mediática podría afectar negativamente a la población.
Desde siempre, el Estado, con un enfoque paternalista, ha adoptado medidas necesarias en la regulación de productos potencialmente nocivos para la salud y el bienestar de los ciudadanos. Muestra de ello son la Ley N° 28681 y la Ley N° 32159, que regulan la publicidad y consumo de bebidas alcohólicas y productos de tabaco, respectivamente. En particular, la Ley N° 32159, en su artículo 9, establece prohibiciones específicas sobre la publicidad y promoción de productos de nicotina, reconociendo sus efectos perjudiciales en la salud pública. Siguiendo esta lógica, cuando un producto o servicio puede afectar la salud o la economía de la población, la intervención del Estado resulta indispensable para regular su difusión y mitigar sus impactos negativos.
En el Perú, las casas de apuestas están reguladas por la Ley N° 31557, la cual establece requisitos de licencia, fiscalización y control de estas entidades, pero no contempla restricciones respecto a su publicidad o promoción. Desde luego, la ausencia de una regulación específica sobre la difusión de estos servicios permite que sean percibidos como actividades recreativas carentes de riesgos, lo que refuerza su aceptación social y fomenta su consumo sin las debidas precauciones.
En un contexto donde el acceso a plataformas de apuestas es prácticamente ilimitado gracias a los dispositivos móviles, la falta de regulación en su publicidad representa un vacío normativo que debe ser abordado. Limitar la promoción indiscriminada de estas plataformas no solo contribuiría a la protección del consumidor, sino que también coadyuvará a prevenir posibles daños económicos y psicológicos asociados al juego compulsivo. Regular su publicidad, al igual que ocurre con productos como el alcohol y el tabaco, es un paso necesario para equilibrar la libertad empresarial con la protección de los derechos de los ciudadanos.
REFERENCIAS
(1) CCR Latam. 2023. «Estudio de casas de apuestas deportivas en Lima». CCR Latam. Acceso 31 de febrero de 2025. https://acortar.link/a9SYtP
(2) Congreso de la República del Perú. 2006. Ley Nº 28681, que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas. Lima: Congreso de la República del Perú.
(3) Congreso de la República del Perú. 2022. Ley Nº 31557, que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia. Lima: Congreso de la República del Perú.
(4) Congreso de la República del Perú. 2024. Ley N° 32159. Ley del control del consumo de productos de tabaco, nicotina o sucedáneos de ambos para la protección de la vida y la salud. Lima: Congreso de la República del Perú.
(5) Hernández, A. 2023. «¿Qué tipo de clientes tienen las casas de apuestas?». Orbium Adicciones. Última modificación 2023. https://acortar.link/l1AAZp