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LA PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR ELECTRÓNICO: UN TEMA PENDIENTE

Fuente de imagen: Asimetrica

LA PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR ELECTRÓNICO: UN TEMA PENDIENTE

FLORES RAMOS, Elias Kevin

El pasado 26 de setiembre de 2022, la Comisión de Protección al Consumidor N°.3 archivó el procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra en Supermercados Peruanos S.A. por cancelar unilateralmente las compras efectuadas de electrodomésticos a un precio sorprendentemente bajo –35 soles la mayoría de ellos–. 

Si bien el valor de un bien o servicio es totalmente subjetivo y que puede constituir para una persona un gran valor, para otro un valor menor y para un tercero un valor nulo (1), todo ello no quiere decir que no deban existir normas jurídicas que otorguen garantías tanto a compradores como vendedores al momento de realizar la prestación y contraprestación correspondiente. 

Así las cosas, debemos reconocer que lo general es que la oferta ofrecida en la página web obligaba a Plaza Vea a cumplir con esta; es por eso que, en un primer momento los consumidores pueden exigir el cumplimiento de los términos pactados. Sin embargo, nos encontramos frente a algo interesante, una transacción en la cual no intervienen personas (relación de consumo digital), sino  mediante sistemas informáticos (2).

Es lógico pensar que el precio ofrecido en la página web –que era de 35 soles aproximadamente– era llamativamente extraño como para aseverar que la adquisición de los mismos era verdadera e inclusive que iba a resultar efectiva. Es por ello que, más allá de la aplicación de la regla general, es importante resaltar lo emitido por la Comisión. 

Ello da pie a que se analicen estas situaciones respecto a los sistemas electrónicos empleados a la hora de ofrecer bienes o servicios debido a que es la realidad misma del mercado quien nos muestra cada día el uso cotidiano de transacciones mediante vías digitales.

Por ende, es importante realizar propuestas de regulación respecto a este tipo de métodos de compra (vía digital) así como los posibles riesgos que podemos tener como consumidores a la hora de adquirir bienes o servicios por esa vía.

Citas

(1) Menger, Carl. 1997. Principios de economía política.

(2) Resolución final N°. 084-2022/CC3. 26 de setiembre de 2022. Expediente N°. 054-2021/CC3 

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