page-header

¿Y qué pasó con el PARC ?

¿Y qué pasó con el PARC?

Carol Alexandra GRIMALDO SANCHEZ

Debido a los problemas financieros que atraviesan algunas empresas como consecuencia de la pandemia por el COVID-19, el pasado 11 de mayo se publicó la norma concursal denominada: Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC), la cual se planteaba como un procedimiento de tramite célere, lo que ayudaría a evitar el quiebre de la cadena de pagos y asegurar la continuidad de las empresas en el mercado.

No obstante, hasta la fecha, solo una empresa se ha acogido a este mecanismo, por lo que se podría decir que no está funcionando como se esperaba o que no se tiene la confianza en que realmente será un apoyo útil para salir de la crisis. A mi parecer, esta situación puede centrarse en 4 puntos:

  1. Falta de claridad del trámite del PARC.- Esto debido a que hay muchos puntos que quedaron en una zona de ambigüedad o simplemente no se regularon, por ejemplo, el tema de la falta de acceso a la información de los acreedores laborales, la calificación de “normal” o “con problemas potenciales” para las empresas que quieran acogerse al procedimiento, el uso del silencio administrativo negativo que le quita la efectividad a los plazos cortos del procedimiento y demás puntos que serían materia de un trabajo más amplio.
  2. Los diversos programas de garantías respaldados por el Estado.- Como por ejemplo, el programa Reactiva Perú que, así como otros, dotaron de liquidez a las empresas, haciendo prescindible el uso de los mecanismos concursales como forma de apoyo financiero.
  3. Otras opciones legales que brinda el marco normativo.- Además de esta medida concursal, se dieron otras alternativas tales como la suspensión perfecta de labores, la negociación directa con los acreedores-proveedores, las disoluciones y liquidaciones privadas, etc. Todas estas herramientas muy usadas en la práctica por lo que se descartan las opciones concursales.
  4. La tímida difusión por parte de la autoridad concursal.- Este último punto, aunque parezca poco relevante tiene un gran efecto en las personas, ya que la poca promoción del mecanismo disminuye el nivel de seguridad de los actores para hacer uso de este, puesto que da la imagen de que ni la misma autoridad concursal está convencida de su eficacia en la práctica.

Siendo optimistas, podemos decir que, si se impulsa bien este primer PARC, la situación puede cambiar; sin embargo, a dos meses de que termine la vigencia de la norma, de forma general se puede decir que no se está cumpliendo con la finalidad propuesta, independientemente de si es un factor interno o externo, solo debemos recordar que, lo importante en este contexto y lo que debe ser nuestra principal preocupación es cuidar que las empresas no caigan por falta de apoyo y si esto no fuera suficiente, debemos velar por que terminen sus actividades en orden, de modo que haya la menor cantidad de empresas afectadas con esta situación.

Páginas de consulta:

    1. https://elperuano.pe/noticia-se-busca-parc-%C2%BFquien-da-mas-102428.aspx
    2. https://laley.pe/art/9808/parc-un-procedimiento-concursal-disenado-para-aquellas-empresas-que-afrontan-una-crisis-como-consecuencia-de-la-covid-19
    3. https://lexlatin.com/opinion/los-problemas-del-nuevo-procedimiento-concursal-en-peru

Share this project